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MODELO DE CONTRATO DE ARQUITECTO (Edificación) : Clausulado
Una contratación bien meditada y negociada coadyuva al desarrollo de unas relaciones fluidas entre profesional y cliente, y facilita el conocimiento y cumplimiento de las respectivas obligaciones.
El vínculo contractual entre el arquitecto y el cliente se establece de acuerdo con su libre voluntad, atendiendo a las particularidades de la relación, que pueden provocar que el contrato sea más o menos complejo. Por lo tanto, no se puede emplear un modelo de contrato invariable y válido por todas las ocasiones. El que aquí ofrecemos no es más que un posible formulario genérico, como tantos otros del mercado de formularios jurídicos, que las partes pueden o no adoptar, ampliar o modificar de acuerdo con sus necesidades, y que intenta recoger los aspectos básicos con trascendencia jurídica de la relación cliente-arquitecto. Todo contrato tiene que contemplar unos derechos y unas obligaciones equilibrados para las partes que lo firman, las cuales están obligadas no sólo al cumplimiento de lo pactado, sino a todas las consecuencias que se deriven de ello, de acuerdo con la ley, la buena fe y la costumbre.
Si tiene cualquier duda a la hora de contratar, pida consejo jurídico; y recuerde que el servicio de Asesoría Jurídica profesional está incluido en el tramo complementario del COAC.