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Ventanilla única
El artículo 10 de la Ley de Colegios Profesionales, introducido por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre (Ley Ómnibus) establece que estas corporaciones dispondrán de una página web para que a través de una ventanilla única, de un lado, los profesionales puedan obtener ciertas informaciones y realizar algunos trámites, por vía electrónica, a distancia y de forma gratuita; y por otro lado, también los consumidores y usuarios puedan obtener información por el mismo procedimiento y también de forma gratuita.
Colegiados
Consumidores