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Nuevas ayudas para la rehabilitación de edificios residenciales de los barrios gestionados por la Agencia de la Vivienda de Cataluña
Imatge:
© Col·legi d'Arquitectes de Catalunya (COAC)
Se ha publicado en el DOGC de 20 de julio la Resolución DSO/2289/2022, de 14 de julio, por la que se abre la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia pública no competitiva, de subvenciones para el fomento de la rehabilitación de edificios de tipología residencial de los barrios gestionados por la Agencia de la Vivienda de Cataluña para el año 2021. Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras publicadas en la Resolución DSO/2427/2021, de 28 de julio, modificada por la Resolución DSO/2155/2022, de 7 de julio.
El objeto de estas subvenciones es fomentar la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad.
Actuaciones subvencionables
Línea 1 Fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad
(Resultado de un IITE con deficiencias calificadas como importantes, graves o muy graves)
1.1 Actuaciones en los edificios de tipología residencial colectiva, incluidas las del interior de las viviendas si están vinculadas a actuaciones globales en todo el edificio
Línea 2: Fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad
2.1 Actuaciones de conservación
(Resultado de un IITE con deficiencias importantes, graves o muy graves)
2.2 Actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad
(Resultado de un IITE con o sin deficiencias)
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las juntas de propietarios, las agrupaciones de juntas de propietarios y los titulares de viviendas.
Requisitos de los edificios
Entre otros: El edificio debe contener el informe de la inspección técnica del edificio (IITE) que acredite la necesidad de la actuación de rehabilitación y el certificado de eficiencia energética (CEE) con la etiqueta de calificación energética.
Incompatibilidades
Es incompatible con las subvenciones de la Agencia de la Vivienda de Cataluña y del Departamento de Derechos Sociales que provengan del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, NextGenerationEU; las del Programa para la rehabilitación energética de edificios existentes del IDAE del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (equivalentes al PAREER II), y otros. Ver detalle en la misma convocatoria.
El objeto de estas subvenciones es fomentar la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad.
Actuaciones subvencionables
Línea 1 Fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad
(Resultado de un IITE con deficiencias calificadas como importantes, graves o muy graves)
1.1 Actuaciones en los edificios de tipología residencial colectiva, incluidas las del interior de las viviendas si están vinculadas a actuaciones globales en todo el edificio
Línea 2: Fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad
2.1 Actuaciones de conservación
(Resultado de un IITE con deficiencias importantes, graves o muy graves)
2.2 Actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad
(Resultado de un IITE con o sin deficiencias)
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones las juntas de propietarios, las agrupaciones de juntas de propietarios y los titulares de viviendas.
Requisitos de los edificios
Entre otros: El edificio debe contener el informe de la inspección técnica del edificio (IITE) que acredite la necesidad de la actuación de rehabilitación y el certificado de eficiencia energética (CEE) con la etiqueta de calificación energética.
Incompatibilidades
Es incompatible con las subvenciones de la Agencia de la Vivienda de Cataluña y del Departamento de Derechos Sociales que provengan del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, NextGenerationEU; las del Programa para la rehabilitación energética de edificios existentes del IDAE del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (equivalentes al PAREER II), y otros. Ver detalle en la misma convocatoria.
Plazo
El plazo para presentar las solicitudes finaliza el día 31 de octubre de 2022.
Resumen de la convocatoria
Consulta el resumen elaborado por la OCT (contenido disponible para los colegiados que tienen contratado el Tramo Complementario).
El plazo para presentar las solicitudes finaliza el día 31 de octubre de 2022.
Resumen de la convocatoria
Consulta el resumen elaborado por la OCT (contenido disponible para los colegiados que tienen contratado el Tramo Complementario).
21/07/2022